Se encuentran regulados en el Libro IV, Título XIV Arts. 1567 y ss.
Concepto. 
Los Modos de Extinguir las Obligaciones son aquellos actos o hechos eficaces para hacer cesar los efectos de una obligación contraída. 
Enumeración. 
Art. 1567 c.c.
a) Mutuo Consentimiento o Resciliación.
b) Solución o Pago Efectivo. 
c) Novación. 
e) Remisión. 
f) Compensación. 
g) Confusión. 
h) Pérdida de la cosa que se debe. 
i) Declaración de Nulidad o Rescisión. 
j) Evento de la condición resolutoria. 
k) Prescripción. 
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