Los efectos de la filiación corresponden a los derechos y deberes entre padres e hijos. Se encuentran regulados en el Libro I, Título IX, Arts. 222 al 242 c.c.
Arts. 222 al 242 c.c.
a. Obligaciones del hijo.
a1. Respeto, Obediencia.
a2. Cuidado.
b. Obligaciones/deberes del padre o madre.
b1. Crianza y alimentación.
b2. Cuidado personal.
b3. Educación. Art. 224 al 228 c.c.
Concepto.
Conjunto de deberes y derechos que corresponden al padre o a la madre sobre los bienes de sus hijos no emancipados.
Aquel que la ley otorga a una persona para demandar de otra, que cuenta con los medios para proporcionarselos, lo que necesite para subsistir de un modo correspondiente a su posición social.
4. Derechos hereditarios. ver sucesión intestada; asignaciones forzosas; derecho real de herencia.
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**Enlace al tema principal: Tema38: Filiación.
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