lunes, 12 de diciembre de 2011

Obligación de dar/ Obligación de entregar

Una obligación de dar es aquella en que el deudor se obliga a transferir dominio o constituir un derecho real sobre la cosa.

Una obligación de entregar en doctrina es considerada una obligación de hacer, ya que el deudor esta obligado a realizar el hecho material de entrega, pero no constituye derecho real alguno sobre la cosa que se entrega.





*René Ramos Pazos, "De las Obligaciones", N° 272, Pag. 234. 3a edición.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Aporte