martes, 7 de febrero de 2012

Nulidad: Esquema introductorio.

La nulidad se encuentra regulada en el Libro IV, Título XX del Código Civil, en sus Arts. 1681 al 1697.

Esquema Nulidad.
(Arts. 1681 al 1685 c.c)
1. Definición: Art. 1681 c.c.
2. tipos de nulidad. y sus causales: Art. 1682 c.c.
3. Maneras de Obtener la Nulidad: absoluta Art. 1683; Relativa, Art. 1684 c.c.
4.Saneamiento:
Absoluta, Art. 1683; Relativa, Art. 1684

Faltan:
5. Efectos de la Nulidad.
Entre las partes y en relación a terceros.
6. Conversión del acto nulo.











*Enlace al tema.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Aporte